Fecha Actual: 19/03/2024 05:44:25
Ultima Actualizacion: 05/06/19 12:01:33
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Acceso a información año 2012 y anterior
Administración
Secciones
1. Aspectos Generales
1.1 Actos y Documentos de la Municipalidad sujetos a Publicación en el Diario Oficial
1.10 Los mecanismos de participación ciudadana
1.11 Información Presupuestaria
1.12 Resultados de Auditorías al Ejercicio Presupuestario del respectivo Órgano y, en su caso, las aclaraciones que procedan.
1.13 Todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo que la justifica
1.14 Concejo Municipal
1.14.2 Consejo Comunal de Seguridad Publica
1.15 Gestión Municipal - Departamentos
1.16 Becas
1.2 Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas y Marco Normativo
1.3 Estructura Orgánica del Organismo y las facultades, funciones y atribuciones de cada una de las unidades u órganos internos
1.4 Personal de Planta, Contrata y el que se desempeñe en virtud de un contrato de trabajo y las personas naturales contratadas a honorarios, con las correspondientes remuneraciones.
1.5 Las contrataciones para suministros de bienes muebles, prestaciones de servicios, ejecución de acciones de apoyo para ejecución de obras, contrataciones, estudios y consultorías, contratistas y/o empresas prestadoras en su caso
1.6 Las trasferencias de fondos públicos efectuadas, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales
1.7 Los actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros
1.8 Trámites y Requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste el respectivo órgano.
1.9 Diseño montos asignados y criterio de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue el respectivo órgano, además nómina de beneficiarios de Programa Sociales en Ejecución.
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Nombre Completo
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Direccion
Órgano, departamento o unidad administrativa al que se dirige
Fecha:
19/03/2024 05:44:25
Identificación clara de la información que se requiere:
Ley N°20.285: Artículo 12.
- La solicitud de acceso a la información será formulada por escrito o por sitios electrónicos y deberá contener:
a) Nombre, apellidos y dirección del solicitante y de su apoderado, en su caso.
b) Identificación clara de la información que se requiere.
c) Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado.
d) Órgano administrativo al que se dirige. Si la solicitud no reúne los requisitos señalados en el inciso anterior, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación, subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición.
El peticionario podrá expresar en la solicitud, su voluntad de ser notificado mediante comunicación electrónica para todas las actuaciones y resoluciones del procedimiento administrativo de acceso a la información, indicando para ello, bajo su responsabilidad, una dirección de correo electrónico habilitada. En los demás casos, las notificaciones a que haya lugar en el procedimiento se efectuarán conforme a las reglas de los artículos 46 y 47 de la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.